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Formatos notariales para llenar en línea

Cuatro documentos que las notarías colombianas piden a diario, con el texto que las entidades esperan encontrar. Llenas el formulario, el documento se arma solo y lo descargas en Word o PDF. Sin registro y sin dejar tu correo.

Sin registro Funciona en tu navegador Actualizados con la UVB 2026

Qué tienen en común los cuatro

Ninguno sirve firmado en casa. Los cuatro necesitan un paso en notaría: en tres de ellos se autentica la firma —el notario da fe de que quien firmó es quien dice ser— y en la declaración extrajuicio se rinde ante él, que recibe el juramento. Sin ese paso, ninguna entidad los acepta.

Los datos que escribes no salen de tu navegador. No hay cuenta, no hay envío a ningún servidor y nada queda guardado al cerrar la página. Por eso conviene descargar el documento antes de cerrarla.

Cada formato incluye una calculadora con las tarifas notariales vigentes. Son un tope máximo nacional: ninguna notaría puede cobrar por encima, aunque sí por debajo.

Cuándo un formato no es suficiente

Necesitas escritura pública
  • Vender, comprar o hipotecar un inmueble
  • Donar bienes
  • Sucesión notarial
  • Constituir patrimonio de familia

La escritura la redacta y autoriza el notario. Un documento privado, por bien redactado que esté, no la reemplaza.

Necesitas un juez
  • Salida del país cuando un padre se niega a autorizar
  • Custodia en disputa
  • Sucesión con herederos en desacuerdo

La notaría solo actúa cuando hay acuerdo entre las partes. Si hay conflicto, el asunto es judicial.

Preguntas frecuentes

¿Son gratis de verdad?

Sí. Generar y descargar el documento no cuesta nada y no pedimos registro. Lo que se paga es el trámite en la notaría, y ese valor lo fija la Superintendencia de Notariado y Registro, no nosotros.

¿Puedo editar el documento después de descargarlo?

Sí. La descarga en Word es un documento editable normal: se abre en Word, Google Docs, LibreOffice o Pages y se modifica libremente antes de imprimir.

¿Los datos que escribo quedan guardados?

No. Todo ocurre en tu navegador: no hay envío a ningún servidor ni almacenamiento. Al cerrar la página se pierde lo escrito, así que descarga el documento antes de salir.

¿La notaría va a aceptar un formato descargado de internet?

Sí. Estos documentos son privados y su contenido lo escribe quien los firma; la notaría no los redacta, solo autentica la firma. Lo que sí revisa el notario es que la persona se identifique con cédula original.

¿Necesito cita en la notaría?

Para autenticar una firma, no. Es un trámite de mostrador que se resuelve el mismo día en cualquier notaría del país, sin importar dónde vivas.

Fuentes consultadas

Decreto 960 de 1970, Estatuto del Notariado — funciones notariales, autenticación de firmas y de copias. Decreto Ley 019 de 2012 — supresión de trámites y racionalización de exigencias documentales. Resolución de tarifas notariales 2026, Superintendencia de Notariado y Registro.

Formatos elaborados y revisados por el equipo editorial de NotariaFácil con base en la normativa citada. Son documentos de referencia informativos: no sustituyen la asesoría de un abogado ni la revisión de la notaría. Si encuentras un dato desactualizado, escríbenos.