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Formato de poder especial

Llena los datos del formulario y el documento se arma solo, con el texto que las entidades esperan encontrar. Descárgalo en Word o guárdalo en PDF, imprímelo sin firmar y autentica tu firma en cualquier notaría del país.

Sin registro Funciona en tu navegador Actualizado con la UVB 2026
1Llena los datos

Elige una gestión frecuente y el párrafo de facultades se escribe por ti. Reemplaza los datos entre corchetes por los de tu caso.

2Descarga o imprime

Word para editarlo, PDF para imprimirlo tal cual. Lleva tantos originales como entidades vayan a recibirlo, sin firmar.

3Autentica la firma

Con tu cédula original, en cualquier notaría. El notario autentica firma y huella el mismo día, sin cita.

Qué debe decir el párrafo de facultades

Es la parte que decide si la entidad acepta el poder, y la única que no se puede resolver con una plantilla genérica. Un poder se devuelve cuando no permite saber con precisión qué se autorizó.

Una redacción utilizable responde tres cosas: qué acto se autoriza, ante quién se va a realizar y sobre qué bien o trámite concreto. «Para que me represente en lo relacionado con mi pensión» no cumple; «adelantar ante Colpensiones los trámites de mi solicitud de pensión de vejez, radicando documentos y recibiendo las comunicaciones del trámite» sí.

Cuándo este formato no sirve

Sí puedes usarlo
  • Retirar cesantías o adelantar trámites de pensión
  • Gestiones bancarias sobre una cuenta propia
  • Reclamar documentos, certificados o copias
  • Trámites ante empresas de servicios públicos
  • Traspaso de vehículo ante organismo de tránsito
  • Solicitar copias de registro civil
Necesitas escritura pública
  • Vender o comprar un inmueble
  • Hipotecar o constituir gravámenes
  • Donar bienes
  • Adelantar una sucesión notarial
  • Constituir patrimonio de familia o afectación a vivienda familiar

Si el acto exige escritura pública, el poder también. Ver la guía de poderes.

Preguntas frecuentes

¿El poder que genero aquí ya sirve así?

No todavía. El documento queda redactado y listo para imprimir, pero necesita que la firma del poderdante se autentique ante notario. Sin ese paso, ninguna entidad lo acepta.

¿Mis datos quedan guardados en algún servidor?

No. Todo el formato funciona en tu navegador: los datos que escribes no se envían a ningún servidor y desaparecen al cerrar la página.

¿Puedo usar este formato para vender un inmueble?

No. Los actos que exigen escritura pública, como vender, hipotecar o donar, requieren poder otorgado por escritura pública ante notario, no un documento autenticado.

¿Cuántas copias debo llevar a la notaría?

Tantas como entidades vayan a recibir el poder, porque muchas se quedan con el original. La calculadora de la página estima el costo según el número de firmas y copias autenticadas.

¿Puedo cambiar el texto que genera el formato?

Sí. Descarga el documento en Word y edítalo libremente antes de imprimirlo, o ajusta el campo de facultades en el formulario y el documento se vuelve a armar.

Fuentes consultadas

Decreto 960 de 1970, Estatuto del Notariado — autenticación de firmas y otorgamiento de escrituras. Código Civil, artículos 2142 y siguientes — mandato, alcance y terminación. Resolución de tarifas notariales 2026, Superintendencia de Notariado y Registro.

Formato elaborado y revisado por el equipo editorial de NotariaFácil con base en la normativa citada. Es un documento de referencia informativo: no sustituye la asesoría de un abogado ni la revisión de la notaría. Si encuentras un dato desactualizado, escríbenos.