Nosotros lo asesoramos, si tomo la decisión de contraer matrimonio o iniciar una unión marital de hecho, deberá tener en cuenta, que con estas instituciones también se forma la sociedad conyugal o en el caso de la unión marital de hecho, se forma una sociedad patrimonial de hecho, en la cual, nadie quiere que los bienes adquiridos antes del matrimonio o de la unión marital, hagan parte de la nueva sociedad que se forma, ni siquiera sus mejoras o valorizaciones, así mismo, los bienes que a cualquier titulo, le sean transferidos por sus padres o familiares.
Con el fin de que no tenga inconveniente en el futuro redactamos sus capitulaciones matrimoniales o patrimoniales de hecho, con los requisitos de ley, para que su patrimonio actual y futuro, continúe en cabeza suya, antes, durante, y después del matrimonio, así mismo la forma en que estos serán administrados y para que sus mejoras incrementos y/o rendimientos y en general sus frutos siempre pertenezcan a su haber propio.
Requisitos - Inmuebles
Copia de las cedulas Folio de matrícula inmobiliaria del inmueble y copia de la última escritura de transferencia Avaluó catastral del año vigente (está en el impuesto)
Requisitos - Vehículos
Tarjeta de propiedad Avaluó del año vigente (está en el impuesto)
Requisitos - Acciones
Sociedades por acciones certificación del contador público de sociedad en la cual conste la cantidad de acciones que posee y su valor a 31 de diciembre del año anterior, si son inscritas en la bolsa su valor será el del mercado el día anterior. Sociedad limitada Certificado de cámara de comercio