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Autorización de salida del país para menores

Última revisión: 29 de agosto de 2026

Qué es

Es el documento mediante el cual uno o ambos padres, o el representante legal, autorizan a un menor de edad a salir del país, ya sea acompañado por un solo padre, por un tercero, o viajando solo, cuando no lo hace en compañía de ambos padres. Es exigido por Migración Colombia como mecanismo de prevención frente al tráfico o la retención ilegal de menores fuera del territorio nacional.

¿Quién lo necesita?

Padres o representantes legales de un menor que va a viajar fuera de Colombia sin la compañía simultánea de ambos padres.

Dos formas de autorizar

La autorización puede constar en una carta con firma autenticada ante notario o en una escritura pública. Las dos dicen lo mismo y Migración Colombia acepta ambas. La primera es la vía habitual y resuelve la gran mayoría de los viajes; la segunda existe para casos específicos, casi siempre cuando el documento va a usarse fuera de Colombia.

Opción habitual

Carta con firma autenticada

Documento privado que se firma ante notario. Mismo día, sin cita, costo bajo. Es lo que se usa para vacaciones, visitas familiares y viajes escolares.

Es el trámite que explica esta guía: los requisitos, los pasos y los costos que siguen se refieren a esta opción.

Casos especiales

Escritura pública

Instrumento público que queda en el protocolo de la notaría. Cuesta más y toma uno o dos días, pero permite pedir copias después y es lo que suelen exigir los consulados.

Se explica aparte, al final: ver cuándo conviene y cómo se otorga.

Si no sabes cuál necesitas: pregunta primero en el consulado o en la entidad que va a recibir el documento. Si nadie te ha pedido escritura pública, la carta autenticada es la respuesta.

Requisitos

  • Registro civil de nacimiento del menor.
  • Cédulas de los padres o del representante legal correspondiente.
  • Datos completos del viaje, incluyendo destino, fechas y la persona que acompañará al menor, si aplica.

Pasos

  1. Se redacta la autorización especificando con claridad los datos del menor, del viaje, y de quién otorga la autorización.
  2. El padre o los padres que autorizan se presentan ante notario para autenticar debidamente su firma.
  3. Se entrega el documento ya autenticado, listo para presentarlo en el aeropuerto o en el respectivo punto de salida del país.

Genera la autorización en línea, gratis

Con los campos que Migración Colombia revisa en el aeropuerto: acompañante, destino y fechas del viaje.
Abrir el formato →

Qué pide Migración Colombia

La autoridad que revisa el documento en el aeropuerto es Migración Colombia, y publica su propio formulario de permiso de salida del país para niños, niñas y adolescentes (PDF). No es obligatorio usar ese formulario: la autorización puede redactarse libremente, y de hecho la mayoría de notarías trabaja con un texto propio. Lo que no cambia son los datos que el funcionario busca.
  • Identificación del menor: tipo y número de documento, tal como figura en el registro civil o en la tarjeta de identidad.
  • País de destino final. No la escala ni el país de la aerolínea: el destino donde se queda el menor.
  • Propósito del viaje. Turismo, visita familiar, estudio, tratamiento médico, reunificación familiar o residencia.
  • Fecha de salida. Admite una fecha exacta, un rango («del 10 al 30 de septiembre») o solo el mes.
  • Fecha de regreso, con los mismos criterios. No aplica si el viaje es por reunificación familiar o residencia en el exterior.
  • Nombres, apellidos y documento de quien viaja con el menor. Es el dato que más rechazos causa cuando no coincide con la persona que está en el mostrador.
El formulario incluye además una declaración expresa de quien autoriza: que a la fecha ejerce la patria potestad sin ningún tipo de limitación. Conviene que esa frase aparezca en el documento, cualquiera que sea el texto que se use.

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La autorización sirve solo para la salida de Colombia de menores colombianos o residentes en el país. No reemplaza los permisos que pueda exigir el país de destino para el ingreso del menor: eso se consulta con su consulado, y es un trámite aparte.

El formato en línea de NotariaFácil pide estos mismos datos y añade la declaración de patria potestad.

¿Presencial o en línea?

Este trámite se puede hacer de las dos formas. La vía tradicional es ir a cualquier notaría del país con la cédula original. La vía en línea existe desde el proyecto de digitalización notarial de la Superintendencia de Notariado y Registro: las notarías vinculadas reciben la solicitud por internet, verifican la identidad y permiten firmar electrónicamente, sin desplazarse. No todas las notarías están habilitadas, así que el primer paso es consultar el directorio de notarías digitales de la Superintendencia.

En la notaría

Presencial · cualquier notaría

Se lleva la autorización impresa y sin firmar, se firma ante el notario con la cédula original y se recoge el documento autenticado el mismo día. No requiere cita ni pertenecer a un círculo notarial determinado.

En línea

Virtual · solo notarías digitales

Se radica la solicitud en el sitio de la notaría, se validan identidad y documentos, se paga en línea y se firma con firma electrónica. Útil cuando quien autoriza está en otra ciudad o no puede desplazarse.

Antes de pagar, confirma con la notaría que el documento que emite sirve para presentarlo ante Migración Colombia en el aeropuerto: el requisito es la autorización con firma autenticada, en el soporte que la notaría expida. La Superintendencia también ofrece, entre sus servicios en línea, la verificación de autorizaciones de salida de menores.

Tiempo estimado de entrega

El mismo día. El plazo real puede variar según la notaría, su carga de trabajo y si el trámite requiere pasos adicionales (registro, avalúos, autorizaciones de terceros).

Costos aproximados

Cifras de referencia — consulta la tabla oficial de tarifas notariales 2026 para el detalle completo por tipo de acto.

Se liquida una tarifa notarial fija y baja según la tabla oficial en UVT al tratarse de una simple autenticación de firma.

Errores comunes que se deben evitar

Un error frecuente es tramitar la autorización con fechas de viaje incorrectas o incompletas, lo que puede generar problemas al momento de salir del país. También es importante no dejar este trámite para el último momento, especialmente en temporadas altas donde las notarías suelen tener mayor demanda.

Qué pasa después del trámite

Conserva la autorización original durante todo el viaje: Migración Colombia la exige al salir del país junto con el documento de identidad del menor, y algunas aerolíneas también la solicitan al momento de abordar.

Consejo práctico

Tramite esta autorización con al menos una semana de anticipación al viaje, y lleve copia adicional del documento dentro del equipaje del menor; algunas autoridades migratorias en el exterior también pueden solicitarla al momento del ingreso al país de destino.

Opción alternativa · casos especiales

Autorización por escritura pública

Todo lo anterior describe la carta con firma autenticada. Esta sección es distinta: otra forma de otorgar la misma autorización, con su propio trámite, su propio costo y sus propios casos de uso. No hace falta hacer las dos: se elige una.

En la carta autenticada el notario da fe de que la firma es de quien dice ser; el texto sigue siendo un documento privado y el único ejemplar es el que se lleva en la mano. En la escritura pública el notario redacta el instrumento, lo lee, lo firman los comparecientes y queda en el protocolo de la notaría. El documento existe aunque se pierda el papel: se pide una copia auténtica.

En qué casos conviene

  • El menor se va a vivir al exterior. Estudios, reunificación familiar o traslado del padre que tiene la custodia. La autorización deja de ser para un viaje y pasa a ser un permiso que se va a exhibir muchas veces.
  • Un consulado o una autoridad extranjera la exige. Varios consulados solo aceptan documento público apostillado para visas de estudiante o de residencia del menor. Conviene preguntar antes de firmar.
  • Quien autoriza va a estar ilocalizable. Padre o madre que se embarca, se traslada por trabajo o vive lejos. Se otorga una vez y las copias se piden después, sin que tenga que volver a firmar.
  • La relación entre los padres es conflictiva. Un instrumento público es mucho más difícil de desconocer que una firma autenticada, y la notaría conserva el original.
  • La autorización incluye algo más que el viaje. Atención médica, matrícula escolar o representación del menor en el exterior. Eso ya no cabe en una carta de permiso de salida.
  • Se necesitan varias copias en momentos distintos. Aerolínea, consulado, colegio, migración del país de destino. Con escritura se piden a medida que aparecen.

Fuera de estos casos, la escritura pública es un gasto que no cambia nada: para un viaje de vacaciones, la carta autenticada tiene exactamente el mismo efecto en el aeropuerto.

Cómo se otorga

Estos pasos reemplazan a los de la carta autenticada, no se suman a ellos.

  1. Llevar la minuta redactada o pedir que la redacten en la notaría. Debe identificar al menor con su registro civil, a quien autoriza, al acompañante, el destino, el periodo del viaje o de la permanencia y el alcance de la autorización.
  2. Comparecer y firmar con cédula original. Si autorizan padre y madre pueden hacerlo en fechas distintas; la escritura se firma por ambos antes de cerrarse.
  3. Pedir copia auténtica. La escritura queda en el protocolo y lo que se lleva al aeropuerto o al consulado es una copia expedida por la notaría, con firma y sello del notario. Conviene pedir al menos dos.
  4. Apostillar, si el destino lo pide. La apostilla se tramita ante la Cancillería sobre la copia auténtica; es un paso aparte y toma sus propios días.

Si quien autoriza está fuera de Colombia, la escritura se otorga ante el consulado colombiano del lugar donde se encuentre: los cónsules ejercen funciones notariales y el documento llega al país con plena validez.

Costo: se liquida como acto sin cuantía según la tabla de tarifas notariales, más el valor de cada copia y el IVA. Es más alto que la autenticación de firma, que se cobra por firma autenticada.

Cómo se revoca

La autorización otorgada por escritura pública se revoca por escritura pública en la misma notaría, y la revocatoria se anota al margen del instrumento original. Mientras eso no ocurra, las copias que circulan siguen surtiendo efecto: no basta con avisar por escrito ni con pedir que devuelvan el papel. La carta autenticada se revoca de forma más simple, con otro documento autenticado, pero tiene el problema inverso: no hay registro de la revocatoria, así que hay que notificar a quien tenga el original.

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Ninguna de las dos reemplaza al juez

Si el otro padre se niega a autorizar, no aparece o hay custodia en disputa, el permiso lo da un juez de familia. Ninguna notaría puede suplirlo, por muy solemne que sea el documento.

Preguntas frecuentes

¿Ambos padres deben autorizar siempre?Si el menor viaja acompañado de uno solo de los padres, generalmente basta con la autorización del padre que no viaja; si el menor viaja sin ninguno de los dos, se requiere la autorización expresa de ambos.
¿La autorización tiene vigencia limitada?Se recomienda que especifique claramente las fechas del viaje; algunas autorizaciones se hacen para un viaje puntual y otras con una vigencia más amplia, según la necesidad particular de cada familia.
¿Qué pasa si uno de los padres se niega a firmar la autorización?En caso de negativa injustificada, el padre interesado en el viaje puede acudir ante un juez de familia para solicitar una autorización judicial que reemplace el consentimiento del otro padre.
¿La autorización debe hacerse siempre en notaría, o sirve cualquier documento firmado?Migración Colombia exige que la firma esté autenticada ante notario para darle plena validez y evitar autorizaciones falsas o no verificadas.
¿Necesito escritura pública o basta la carta autenticada?Para un viaje de vacaciones, visita familiar o salida escolar basta la carta con firma autenticada ante notario: es lo que revisa Migración Colombia en el aeropuerto y tiene el mismo efecto. La escritura pública se justifica cuando el menor se va a vivir al exterior, cuando un consulado exige documento público apostillado, cuando quien autoriza no va a estar disponible para volver a firmar o cuando se necesitan copias en momentos distintos.
¿La escritura pública vale más que la carta autenticada ante Migración Colombia?No. En el punto de control migratorio las dos se aceptan igual y ninguna tiene prioridad sobre la otra. La diferencia es práctica: la escritura queda en el protocolo de la notaría, así que se pueden pedir copias auténticas después y el documento no se pierde con el papel. La carta autenticada existe solo en el ejemplar que se firmó.
¿Cuánto más cuesta hacerlo por escritura pública?Bastante más. La carta se cobra como autenticación de firma, que es una de las actuaciones más baratas de la notaría. La escritura se liquida como acto sin cuantía según la tabla de tarifas notariales, y a eso se suma el valor de cada copia y el IVA. Conviene preguntar el valor en la notaría antes de decidir.
Vivo en el exterior. ¿Puedo autorizar la salida de mi hijo desde allá?Sí, ante el consulado colombiano del lugar donde te encuentres. Los cónsules ejercen funciones notariales, así que pueden autenticar la firma o extender la escritura pública, y el documento llega a Colombia con plena validez. Si en cambio firmas ante un notario extranjero, el documento tendrá que apostillarse y, según el idioma, traducirse.
¿Se puede revocar una autorización ya firmada?Sí. Si se otorgó por escritura pública, la revocatoria también se hace por escritura en la misma notaría y se anota al margen del instrumento original. Si fue una carta autenticada, se revoca con otro documento autenticado, pero como no queda registro central hay que notificar a quien tenga el original: mientras circule, sigue surtiendo efecto.

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